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Distintivo reflectante para vehículos de transporte de mercancías.Obligatorio desde el 10 de julio de 2011 según modificación del Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998).
· Homologación: Conforme al Reglamento CEPE/ONU Nº 104 (ECE R104).
· Tipo: Cinta retrorreflectante para marcado de contorno de vehículos.
· Dimensiones habituales:
- Bobina: 50 m
- Ancho: 50 mm
- Color: Amarillo (según aplicación; también pueden utilizarse blanco o rojo según la posición en el vehículo).